Continúa la situación generada por Madrid al decidir quitar las indemnizaciones a las víctimas de su propio terrorismo de estado recurriendo claro está a una interpretación retorcida de la legislación europea, misma a la que, recordemos, nunca hacen caso.
Lean ustedes:
El Ministerio de Interior español justifica su decisión de retirar la indemnización a 46 víctimas del GAL y otros grupos como el Batallón Vasco Español alegando que cuentan con «informes» que prueban de forma «suficiente» su «pertenencia a ETA». Amaiur denuncia que son «invenciones» o «justificaciones no probadas judicialmente» y exige sentencias firmes.En una respuesta parlamentaria escrita a la que ha tenido acceso Europa Press, el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz defiende su decisión de retirar las indemnizaciones a víctimas del GAL y otros grupos parapoliciales ya que «no cumplen con todos los requisitos exigidos para ello».«La pertenencia a la organización terrorista ETA u organizaciones vinculadas, en estos casos, se encuentra probada de forma adecuada y suficiente mediante los informes correspondientes, que acreditan la pertenencia a organización terrorista y que constituyen una prueba documental, de carácter oficial y emitida por órgano competente en función de la materia y perfectamente admisible en dichos procedimientos», dice el Ejecutivo español en su respuesta a Amaiur, tal y como adelantó GARA el pasado 16 de julio.La coalición abertzale preguntaba al Gobierno español acerca de las razones para retirar estas indemnizaciones, una decisión que fue anunciada por el propio ministro en el Congreso español el pasado mes de abril. Amaiur denuncia que estas víctimas están legalmente reconocidas como tal y acusan al Gobierno de Mariano Rajoy de haber recurrido a «una justificación judicialmente no probada y, en algunos casos, abiertamente inventada de que eran miembros de ETA». Para los abertzales, debe constar una sentencia firme en ese sentido.El Gobierno español explica que «no se pretende enjuiciar presuntas responsabilidades penales, sino solo reconocer o denegar unos derechos indemnizatorios» y, en ese sentido, menciona los principios previstos en el Convenio sobre Indemnización a las Víctimas del Consejo de Europa, según el cual, «se podrá reducir o suprimir la indemnización si la víctima o el solicitante participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos».En cualquier caso, el Ejecutivo recuerda que «contra las resoluciones denegatorias queda expedita la vía judicial que, en ningún caso, se ha negado a los interesados y a la que muchos de ellos ya han recurrido», por lo que niega que se haya producido una vulneración de la tutela judicial efectiva como denuncia Amaiur, que también critica que se ha hecho una aplicación retroactiva de la norma.
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