Un blog desde la diáspora y para la diáspora

martes, 13 de marzo de 2018

En España Ni Hablar

Con respecto a la libertad de expresión y tras conocerse la sentencia de Estrasburgo en contra del régimen españistaní por el tema de la quema de fotos de los zánganos reales, les compartimos este artículo dado a conocer por inSurGente:


Amnistía Internacional vuelve a cargar contra España, esta vez por las restricciones a la libertad de expresión en condenas por tuits, canciones u otras obras artísticas. En un informe titulado ‘Tweet … si te atreves’, la organización recuerda al Estado que como firmante de tratados internacionales de derechos humanos tiene la obligación de “respetar, proteger y promover” derechos fundamentales como la libertad de expresión. En el documento, la ONG alerta de que España hace uso del artículo 578 del código penal -que prohíbe el enaltecimiento del terrorismo y la humillación de las víctimas de delitos terroristas- para “reprimir las expresiones de índole política”, sobre todo en las redes sociales y a la comunidad artística.

“En España se está atacando la libertad de expresión, el gobierno español somete a hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet -desde letras de canciones políticamente controvertidas hasta chistes- utilizando categorías generales de enaltecimiento del terrorismo”, denuncian . La “limitación” del espacio de debate público y la crítica, advierten desde Amnistía Internacional, representa una “amenaza” a largo plazo para la capacidad de garantizar la defensa de los derechos humanos fundamentales. Entre los casos que se recogen en el informe está el del rapero leridano Pablo Hasél o el de la estudiante de Murcia Cassandra Vera.

“El derecho a la libertad de expresión incluye expresiones que ofenden, escandalizan y molestan”, dicen desde la ONG. Esto, sin embargo, no implica, aseguran, que se pueda aplicar el artículo 578 del código penal a tuiteros, periodistas o artistas musicales. Así, la organización considera que muchos de los procesos recientes basados ​​en este artículo del código penal no cumplen el requisito establecido en el derecho internacional que dice que las restricciones a la libertad de expresión deben ser “estrictamente necesarias y proporcionales para una finalidad legítima “, como la seguridad nacional.

Además, describen que las disposiciones que prohíben el enaltecimiento o la justificación del terrorismo son “generales e imprecisas” y dan a los estados “el poder de criminalizar un gran abanico de expresiones que no tienen el grado necesario para constituir incitación”. Lamentan también que el efecto “disuasorio” de casos recientes haya “reducido” el espacio en Internet para que las personas expresen opiniones críticas.
Ampliación del ámbito de aplicación y condenas

En el texto apuntan que a pesar de que el artículo 578 se introdujo en el año 2000, se modificó cinco años después, a raíz de los atentados de París de 2015, para ampliar el ámbito de aplicación y penalizar ” el enaltecimiento del terrorismo mediante la difusión pública de mensajes y consignas “y aumentando la pena máxima de dos a tres años de prisión. Según Amnistía Internacional, ha sido a partir de esta reforma que han aumentado “drásticamente” los procesos y las sentencias derivadas de su aplicación: mientras que en 2015 fueron 18 las personas condenadas en aplicación de 578, en 2016 fueron 35 y en 2017 fueron 31.

Recuerdan también que el mismo año, en 2015, España aprobó la Ley de Protección de Seguridad ciudadana -conocida como ‘Ley mordassa’-, que introdujo nuevas “limitaciones” a las protestas y sanciones administrativas para participar en reuniones públicas.

Amnistía Internacional asegura en el informe que el impacto en la aplicación del artículo 578 es “devastador” para las personas y menciona “desde cuantiosas multas hasta largos períodos de exclusión del sector público, pasando por penas de prisión “. Más allá de estas consecuencias, pero, la ONG destaca que el uso “abusivo” de las leyes antiterroristas conduce a las personas a la autocensura “por miedo a sufrir la represión”. “La criminalización de un abanico tan amplio de expresiones tiene un efecto paralizante”, según exponen, y puede crear un entorno en el que las personas “teman” expresar opiniones poco populares o incluso hacer chistes polémicos.

Entre los casos citados en el informe está la condena reciente al rapero de Lleida Pablo Hasél o la historia de la joven de Murcia Cassandra Vera. También se recogen, sin embargo, otros casos como la condena al también rapero César Strawberry o al cineasta Alex García. “Escandalizar personas diciendo que tuiteando o cantando cosas ofensivas no es delito”, afirman, e insisten en que aplicar el derecho penal en expresiones como las canciones o los tuits del cantante leridano -condenado a una pena de dos años y una multa de 24.300 euros por injurias contra la Corona y enaltecimiento del terrorismo- tiene consecuencias “desproporcionadas”.

El documento también hace referencia a las operaciones de la Guardia Civil denominadas ‘Araña’ y que han supuesto la detención de varias personas desde el año 2014 para mensajes de apoyo a ETA, Terra Lliure o Grapo. Concretamente, hace referencia a Arkaitz Terrón, un abogado vasco residente en Barcelona, ​​y JCV, residente en Aiguafreda, todos detenidos en el marco de una de las operaciones llevada a cabo el 13 de abril del año 2016. Según Amnistía Internacional , ambos casos “demuestran como de estrechos se han vuelto los límites de la expresión ‘aceptable’ en Internet”.
Retirada de cargos y libertad “inmediata”

Por todo ello, Amnistía Internacional recomienda a las autoridades españolas derogar el artículo y garantizar que sólo se penalicen las expresiones “que animen a otras personas a cometer un delito reconocible con la intención de incitarlas a cometer un acto y con una probabilidad razonable que lo lleven a cabo “. Reivindican también que se garantice que se retiran los cargos formulados en aplicación del 578 contra cualquier persona “sólo por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión” y piden la libertad “inmediata e incondicional” de todas las personas encarceladas o detenidas en virtud del mismo artículo y por el mismo motivo.

En sus conclusiones sobre España, la organización amplía su preocupación a otros estados europeos: “En toda Europa los estados están restringiendo diversas formas de expresión con el pretexto de la seguridad nacional”. Según informa, existen leyes que penalizan la apología del terrorismo en Francia y el Reino Unido, además de España, y se han propuesto en estados como Bélgica o Países Bajos. En este sentido, critican que la directiva europea relativa a la lucha contra el terrorismo también contempla una definición “imprecisa” del delito, lo que a ojos de AI supone un “incentivo” para introducir este tipo de leyes.





°

No hay comentarios.:

Publicar un comentario