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viernes, 5 de septiembre de 2003

Llona en Huelga de Hambre

Ante la corrupta actuación por parte del represor mexicano al servicio de la corona española que responde al nombre de Ranulfo Castillo, el asilado político vasco Lorenzo Llona Olalde anunció que en protesta llevaría a cabo una huelga de hambre.

La misma ya ha cumplido ocho días como nos informa este artículo de La Jornada:


Cumple 8 días de ayuno

Alfredo Méndez Ortíz

El juzgado sexto de distrito B de amparo en materia penal otorgó una suspensión provisional al ciudadano mexicano de origen vasco Lorenzo Llona Olalde, preso en el Reclusorio Sur con miras a su extradición a España. El recurso garantiza su permanencia en territorio mexicano hasta que se resuelva el fondo del amparo que solicitó su defensa contra la decisión del juez 15 de distrito en materia penal, Ranulfo Castillo, quien consideró procedente la extradición.

En los próximos días, el juez Alejandro de Jesús Baltazar Robles determinará si la opinión jurídica que emitió Castillo estuvo o no apegada a derecho.

Entretanto, este jueves se cumplieron ocho días de la huelga de hambre de Llona Olalde para protestar por el acuerdo que el juez 15 de distrito emitió el 27 de agosto y mediante el cual consideró que el país ibérico cumplió con los dos requisitos indispensables que señala el acuerdo de extradición firmado entre México y España.

El tratado de extradición establece que una petición de esa índole sólo procede cuando cualquiera de las naciones que lo suscriben comprueba que la persona requerida se encuentra en el país al que le fue solicitada la extradición. Además, al juzgador que le corresponda revisar un proceso de ese tipo debe corroborar que la persona detenida con fines de extradición sea la que requiere el país solicitante. Esto se hace a través de fotografías y/o videos.

El segundo requisito es que el país solicitante se comprometa a no aplicarle pena de muerte o pena vitalicia a la persona que sea requerida en extradición.

En su opinión jurídica, el juez 15 de distrito refirió que ambas condiciones fueron cumplidas a cabalidad, por lo que ordenó que el expediente de Llona Olalde fuera enviado a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para que sean las autoridades federales las que den la última palabra.

Fuentes del Poder Judicial consultadas por La Jornada aseguraron que en su momento el juez de la causa recibió las pruebas de descargo que presentó la defensa del ciudadano mexicano de origen vasco, pero éste no pudo entrar al análisis jurídico de las mismas debido a que legalmente no está facultado para ello.

Llona Olalde fue detenido en Zacatecas desde el 26 de abril debido a que el país ibérico solicitó su extradición porque lo acusa de haber participado en un atentado ocurrido el 24 de junio de 1981 en el pueblo guipuzcoano de Tolosa, que costó la vida de tres personas.

Sin embargo, el día de los hechos, el ciudadano mexicano se encontraba en México. Así lo prueba una constancia de la Secretaría de Gobernación, ya que ese mismo día Llona acudió a un citatorio de la entonces comisionada de inmigración, Diana Torres, a fin de tramitar la entrega de su visa como residente.

Llona Olalde se naturalizó mexicano en 1993. 




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