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sábado, 4 de octubre de 2014

Arizaleta | Manual de ETA

Desde Rebelión traemos a ustedes este reportaje que va a dejar bien claro como mueve los hilos de la represión el régimen bananero borbónico franquista:


Mikel Arizaleta | Rebelión

“Este manual aparece por primera vez en el proceso de extradición que en Miami se siguió contra el refugiado político vasco Ramón Aldasoro en 1998”. Ramón Aldasoro fue encarcelado en diciembre de 1997. Los abogados norteamericanos de Aldasoro presentaron durante el juicio de extradición escritos de tres miembros de ETA, recolectados en cárceles españolas por el abogado Iñigo Elkoro, en los que se retractaban de sus declaraciones originales de hace nueve años contra Aldasoro; ya denunciaron entonces que fueron torturados. Se trataba de las confesiones de Carlos Arruti Azpitarte, Iñaki Fernández de Larrino y Miren Pilar López de Lazurriaga encarcelados por entonces en España.

En confesiones realizadas el 16 de septiembre de 1989, Arruti, Fernández y López implicaron a Aldasoro en algunos asesinatos. Según el recuento de los hechos que hace el juez King en su dictamen, Arruti declaró dos días después de su confesión que fue torturado. King también admite como prueba para apoyar su dictamen la declaración jurada de José María Matanzas, abogado defensor de Arruti, en la que afirma que su cliente tenía señales de tortura en 1989. El testimonio de Matanzas fue la principal prueba aportada por la abogada Fletcher Peacock, miembro de la defensa norteamericana de Aldasoro, en su apelación contra la orden de extradición.

A partir de entonces son frecuentes las ocasiones en las que el gobierno español y las defensas de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado español aducen en procesos de tortura este manual de ETA. Antes las repetidas denuncias por parte de organismos internacionales de práctica de tortura en el estado español el gobierno blande y saca a colación repetidamente este manual. Por cierto, manual que proviene de afirmaciones por parte del gobierno español y no de prueba presentada y validada por tribunal alguno.
Tras el “todo es ETA”, tras los grandes sumarios a bulto y a granel padecidos años atrás y en vigor, o en comentario de Ignacio Escolar: “Tú eres ETA. Yo soy ETA. Nosotros somos ETA y cualquiera que proteste es siempre ETA. Solo ellos no son ETA. En esencia, los españoles nos dividimos en dos grupos: los "ciudadanos de bien" (marca registrada) y el resto, los etarras”, se entiende mejor aquel mondongo, que el gobierno español presentó a los ciudadanos y medios de comunicación como “Manual de ETA”. Lo componen 14 documentos de diversa procedencia: desde fotocopias del número 27 de la publicación interna de ETA “Kemen”, incautadas a Ángel María Ezkerra en 1991, o del nº 37 de la revista “Kemen” de 1978 sobre “la actitud del militante ante su detención”, hasta “Manual de conocimientos, reglas y consejos prácticos para hacer valer tus derechos y afrontar la represión” de Salhaketa, o fotocopias de un folleto formato cómic y titulado “ Atxilotuen gidaliburuxka/ Manual del detenido , publicado en 1983, y que contiene instrucciones para los miembros de ETA que son detenidos en su estancia irregular en Francia, adecuado a la legislación penal o procesal francesa, o, por ejemplo, fotocopias sobre “ normas a tener en cuenta en una detención ” publicado por Gestoras pro-amnistía. Todos ellos están recogidos en “ Tortura en Euskal Herria. Informe 2003 ”, pag. 235-247.

El denominado “Manual de ETA” constituye una ensalada de fotocopias variopintas de distinta procedencia, distintos estilos, distintos tonos, distintas manos. Hay numerosos documentos firmados por organismos populares, vascos y no vascos, sin ninguna relación con ETA, que se limitan a informar a la ciudadanía sobre los derechos que asisten a toda persona ante una detención, expresando la conveniencia de denunciar las torturas “en el caso de que hayan existido”. Muchas de las personas que han sufrido la incomunicación y han denunciado haber sido torturadas jamás han tenido relación alguna con ETA, así lo ha confirmado incluso la Audiencia Nacional, ¿entonces cómo se explica que estas personas tengan la documentación interna de ETA o sigan sus directrices? No tiene ni pies ni cabeza.

Los tres documentos, que reproduce “el informe de 2003, tortura en Euskal Herria” ya citado, son los documentos 4, 5 y 6; el primero, el cuatro, titulado “Sobre las denuncias de torturas”, el 5º: “Comportamiento a observar en comisaría” y el 6º: “Sobre las detenciones de la Ertzantza”, todos ellos según el gobierno incautados a los miembros del comando “Araba” Aitor Bores Gutiérrez e Ignacio Crispín Garcés Beitia, detenidos en marzo de 1998, y atribuidos a ETA por el gobierno. Pero de entrada llama la atención la poca similitud del 5º y 6º con el 4º: la tipografía, el tono y el lenguaje son muy distintos.

Como se puede ver, los documentos 5 y 6 más que directrices para denunciar las torturas contienen consejos destinados para resistir la tortura: se habla de los métodos utilizados por los distintos cuerpos y de la actitud que deben mantener los militantes frente a ello. Se adiestra a los militantes para resistir la tortura.

El documento 4 es otra cosa distinta. Es burdo, ridículo. Trata de hacer ver que “el militante de ETA debe mentir, debe sostener siempre, venga o no a cuento, que ha sido torturado; da igual si es verdad o mentira intentar involucrar en la denuncia a algún político, … cuantas más denuncias mejor, …ante el juez negar todo y hablar sólo de torturas, …esta campaña de denuncia debe abarcar todo el estado español. Allí donde se produzca una detención (aunque sea de tráfico…) tiene que haber una denuncia y no parar hasta conseguir sentarlos a todos ante “su señoría”. Ridículo, nada que ver con los dos documentos anteriores, que tampoco se sabe si son de ETA pero que tienen más sentido. El manual de ETA, que se nos presenta como tal, es un tutti frutti. Y, curiosamente, sólo el más ridículo, el 4, lleva una firma rara de ETA; parece como si se quisiera recalcar que interesa que ése sí sea de ETA. Y es el que siempre aduce el gobierno español para negar que se tortura con el estribillo: “ETA pide a sus militantes que digan siempre que han sido torturados”. O, dicho en paladín castellano, para negar que el gobierno español tortura.

Lo curioso es que los militantes de ETA, por ejemplo los detenidos en Francia no denuncian torturas en comisaría porque no los torturan. Y no siempre denuncian en el estado español, quizá unos por miedo pero otros, como confiesan, porque no han sido torturados. Este documento 4 se explica mejor desde el intento por parte del estado español de torturar sin problemas, desde su intención y práctica de denunciar y castigar a quien confiese ante el juez y la sociedad haber sufrido torturas. Ahora sostiene sin ambages: “quien denuncia torturas es un etarra porque sigue a pies juntillas el manual de ETA”, en un intento por librarse de las denuncias habidas por parte de organismos internacionales de que aquí se tortura de modo persistente y estructural. Así, por ejemplo, cuando Martxelo Otamendi, director del periódico clausurado Egunkaria, relató en el informativo Teleberri de ETB-2 su historia personal de maltrato e ignominia en su estancia en comisaría y se hizo un silencio espeso entre los oyentes porque una vez más otra persona vasca, arrojada a la calle desde la cloaca del Estado, aparecía rota, sucia, llorosa, convertida en guiñapo y destrozo, el ministro del Interior de entonces, Ángel Acebes, dijo: “los detenidos siguieron a pies juntillas un manual de ETA en el que se aconseja a sus militantes denunciar torturas”, y tramitó una querella contra los detenidos por realizar semejantes mentiras. Y fue de inmediato admitida a trámite por el juez, mientras que las realizadas por los detenidos seguían sin ser admitidas. El 10 de julio de 2004 afirmó sin sonrojo el ministro socialista español de justicia, Juan Fernández López de Aguilar: “El cien por cien de las denuncias de tortura son falsas”. Manual y mantra permanente del gobierno español hasta la actualidad ante la denuncia de tortura por parte de ciudadanos. ¿Cómo se explica este comportamiento de ministros y jueces tan descarado?

Las numerosas confesiones de tortura, que se vienen recogiendo desde años en Euskal Herria, relatos y testimonios espeluznantes viejos y también recientes, así como diversos trabajos científicos sobre el tema no dejan duda alguna. Dijo la gran Eva Forest, torturada ella misma, al finalizar la manifestación celebrada el junio de 2002 en Bilbao: “Nosotros, mujeres y hombres aquí presentes, que hemos sido torturados, que hemos visto las huellas de la tortura de nuestros hijos, de nuestros padres, de nuestros hermanos, estamos hoy aquí para dar testimonio de ello. Para deciros que sí, que se tortura, que no es una práctica del pasado sino de ahora, de este nuevo siglo, en Euskalherria.

Queremos insistir: Somos testigos de ese horror y queremos denunciarlo en voz muy alta y podemos retar al que lo niegue. ¿Quién se atreverá a decirnos, mirando a los ojos, que la tortura es una consigna o un invento de los terroristas? ¿Quién tendrá el valor de aceptar este careo? Nosotros somos testigos de los que ocurre. Lo hemos sufrido con nuestros propios ojos. Lo hemos sufrido en nuestra propia carne”.

En febrero de 1983 el gobierno español editó un documento oficial interno, elaborado por expertos en la lucha contrainsurgente, entre ellos estaba el general Casinello de aciaga memoria. El documento se denominaba PLAN ZEN (Zona Especial Norte), destinado a aplicarse en Euskal Herria, y su filosofía impregna, se asienta y toma cuerpo (sin duda tras reuniones, compromisos, acuerdos, colaboración, ayudas, prebendas, ascensos…) en el ámbito policial, legislativo, judicial, mediático, político... La colaboración es amplia, sucia y comprometida. Recordemos el GAL. La guerra sucia y la manipulación alcanzaron límites insospechados, funestos. En Euskadi hubo dos medios de comunicación que se negaron de hecho a tal manipulación y no colaboraron: Egin y Euskaldunon Egunkaria. Y los dos fueron cerrados por orden del gobierno, por orden policial, por orden del fiscal y por sentencia judicial. Y con la colaboración de otros medios. También el manual de ETA estaba destinado a acallar las denuncias de tortura para poder seguir torturando. Citaré tan sólo un ejemplo: Iratxe Sorzabal fue detenida en Hernani el 30 de marzo de 2001 a las 8´45 de la mañana, cuando se encaminaba a ofrecer una rueda de prensa en nombre de Gestoras pro-amnistía, el organismo antirrepresivo donde trabajaba. Su detención fue noticia grande en periódicos, radios y televisiones. El 3 de abril algunos medios colaboradores comienzan a dar datos filtrados a ellos por la policía. El 4 se desata un vendaval de acusaciones contra la joven, vehiculizando información policial: “la encargada de Gestoras encarcelada vigilaba a empresarios y ediles del PP”, se podía leer en la pág. 20 de El Correo español por ejemplo. El 5 debía expirar el plazo de incomunicación en aplicación de la ley antiterrorista. En este caso uno ve con claridad los dos tipos de periodismo imperante en el estado español: unos que no cuestionan las fuentes informativas institucionales y hacen caso omiso de la presunción de inocencia (Deia?, EL Correro español, El País, El Mundo, El Diario Vasco, ABC…), y otros que además de las informaciones institucionales se hacen eco de otras fuentes que cuestionan las institucionales, por ejemplo de que Sorzabal ha sido conducida a un hospital madrileño (Gara y Euskaldunon Egunkaria).

Cuatro meses después, el 13 de septiembre, Iratxe Sorzabal era puesta en libertad. Casi ninguno de los medios de comunicación, que la habían acusado gravemente de ser la encargada de un comando informativo de ETA, incluso de asesinato (“Hay un asesino menos en las calles”, se podía leer en El Correo español), que la habían puesto a caldo ante sus lectores tras su detención siguiendo filtraciones policiales, se dignaron siquiera en dar la noticia de su liberación. El relato de las torturas sufridas en comisaría es de los que a uno le hacen daño su lectura, ejemplo de barbarie e inhumanidad. Una bestialidad en toda regla.

¿Cómo se explica tanto acuerdo y colaboración con los informes policiales, tamaño engaño a los lectores, tanta prostitución en el relato informativo por parte de periodistas, la puesta en libertad a los cuatro meses tras semejante cascada de improperios y, lo que es aún más grave, la total omisión de la terrible tortura denunciada…?: Confiesa ella: “He leído testimonios desde hace varios años, he hablado con personas que han sido torturadas… Hasta vivirlo no se puede explicar. Sentí algo que no había sentido jamás. No he sufrido nunca tanto dolor físico. No me imaginaba que pudiera sentir tanto dolor y que pudiera soportarlo. Y jamás he sentido tanto miedo… Yo no tenía miedo a morir, tenía ganas de morir… Nunca había tenido ganas de morir…, pero en aquel momento sí, como una liberación” (Su terrible relato se puede leer en muchas partes, por ejemplo en “Tortura en Euskal Herria. Informe 2001”). Se explica con un plan, con un acuerdo colaborador, con la aplicación de un plan corruptor, tergiversador y mendaz ya acordado: con el PLAN ZEN. El manual de ETA, atribuido a ETA por el gobierno español, es la concreción de este plan aplicado a la tortura.

El excelente trabajo “Incomunicación y tortura. Análisis estructurado en base al Protocolo de Estambul” confirma lo que venían confesando los torturados y los numerosos informes recogidos sobre la persistente tortura en el estado español por parte del gobierno y sus funcionarios (policías, forenses, fiscales y jueces), con la colaboración amplia de medios de comunicación, grupos de apoyo y personas de cierto prestigio social. Y como sostiene este valioso documento: “Sería recomendable que se iniciaran procesos de investigación interna a instancias de la propia administración y de los órganos de control y supervisión de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y que la Fiscalía actuara personándose en los casos en que se obtengan evidencias suficientes de actuaciones improcedentes que vulneren la ley” (5.1)

Sin olvidar, como nos recuerda el 5.2 de dicho trabajo, que: “Los documentos surgidos de esta investigación tienen el carácter de documento legal de carácter forense. Esta investigación abre, por tanto, entre otras cosas, la posibilidad de que las personas peritadas consideren la posibilidad de emprender, de modo individual, acciones legales contra los presuntos responsables de la misma o de denuncia de la no investigación efectiva de estos hechos por parte de las autoridades correspondientes”. “Me presentaron ante el juez hecho un trapo, con la garganta destrozada después de varios días de gritar como un salvaje apaleado, el camisero ensangrentado, insensible la parte derecha y sin tacto alguno en esa mano, el cuerpo rígido como un muerto vertical, aguantándome en pie a duras penas… pero daba igual porque el telón estaba echado”, relata el torturado Fernando Alonso en su confesión de oprobio editada en 2001: “el silencio del infierno”.

Como dice Evaristo Villar al hablar del libro de Mario Amorós “Argentina contra Franco. El gran desafío de la impunidad de la dictadura”: “Leyendo estos relatos de tortura y reflexionando sobre los argumentos y razones que utilizaban los torturadores para justificar sus prácticas inhumanas, no puedo evitar la repugnancia que me provoca “esa mezcla de odio, crueldad y sadismo” con que actúan, el “disfrute en la humillación y la tortura”, y, sobre todo, la forma como “bordaban su trabajo” sucio porque “estaban convencidos de que era lo que les pedían sus jefes”. Me viene a la memoria la “banalidad del mal” con que califica Hannah Arent estas conductas expresamente educadas para obedecer ciegamente la ley y seguir órdenes superiores sin preguntarse nunca por la moralidad ni las consecuencias de las mismas”.

La tortura tiene un importante poder destructivo, lleva a la persona a situaciones extremas; al día siguiente de la tortura el sol ya no es como todos los días. Sí, “Incomunicación y tortura. Análisis estructurado en base al Protocolo de Estambul” es un rayo de reflexión, luz y denuncia en este infierno de comisarías y tortura vieja, en ese zulo de ignominia compartida asentado desde años en el estado español.






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