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jueves, 22 de julio de 2004

Por Orden Expresa de la Cancillería

Un juzgado ha ordenado al Canciller Luis Ernesto Derbez  aclarar si el proceso de extradición de los seis vascos involucrados en la Operación Donosti se inició con una petición por parte de la embajadora del estado español Cristina Barrios Almanzor.

Así lo informa La Jornada:


Ordenan a la SRE informar si dispuso detener a vascos para su extradición

Se ha actuado de manera ilegal, según Bárbara Zamora

Alfredo Méndez Ortíz

El juzgado sexto de distrito B de amparo en materia penal ordenó a Luis Ernesto Derbez, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que en un plazo de 24 horas -que vence este jueves- informe al órgano jurisdiccional si es verdad que, como refirieron en su demanda de garantías los seis ciudadanos vascos presos en el Reclusorio Norte, con fines de extradición a España, están detenidos por orden expresa de la cancillería.

Según consta en un acuerdo judicial publicado ayer en la lista de resoluciones del juzgado sexto, en caso de que Derbez no acate la determinación de la juez Josefina del Carmen Mora Dorantes, se hará acreedor a una multa, cuyo monto sería fijado por la representante del Poder Judicial federal.

Para la abogada de los vascos, Bárbara Zamora, el acuerdo de la juzgadora es importante, pues ahora el canciller mexicano tendría que reconocer que los reclamados en extradición "están detenidos de manera irregular, porque la Constitución no otorga facultades a Relaciones Exteriores para mantener privada de la libertad a ninguna persona, debido a que es una instancia administrativa".

Según fuentes judiciales consultadas, en caso de que la SRE informe a la juez Mora Dorantes que los vascos sí están a disposición de la dependencia, los quejosos podrían obtener una suspensión definitiva -la semana pasada se les concedió la provisional-, la cual les garantizaría quedar en manos de la impartidora de justicia hasta que concluya el análisis "de fondo" de la demanda de amparo.

De ocurrir esto, la juez podría decretar la libertad inmediata de los quejosos, si así lo considerara necesario, aunque el juicio de extradición que enfrentan seguiría su curso normal, es decir, la SRE continuaría analizando el asunto. La única diferencia es que mientras la cancillería tomara su decisión, los reclamados ya estarían en libertad, en caso de que así lo determinara la juzgadora.

El acuerdo de la juez Mora Dorantes (fechado el 21 de julio de 2004) establece: "se requiere al titular de la SRE para que, en el término de 24 horas, informe si los quejosos (vascos) se encuentran a su disposición en el interior del Reclusorio Norte (...) apercibido de que de no hacerlo se le impondrá una multa".

Como se recordará, la abogada de Félix Salustiano García, María Asunción Gorrochategui, Ricardo Ernesto Sáenz García, Luis Castañeda Vallejo, Asier Arronategui Duralde y Juan Carlos Artola Díaz presentó, el pasado 9 de julio, una demanda de garantías contra la SRE, por considerar que esa dependencia incurre en el delito de privación ilegal de la libertad, pues no tiene facultades jurídicas para mantener en prisión a sus clientes.

El concepto de violación relativo a la demanda de amparo refiere que es inconstitucional el artículo 29 del acuerdo de extradición firmado entre México y España, el cual señala que cualquier persona reclamada quedará a disposición (en el caso de los vascos) de la SRE, pero permanecerá en un centro penitenciario.

Sin embargo, el argumento de la abogada Bárbara Zamora, defensora de los seis vascos, es que de acuerdo con el artículo 16 constitucional, la SRE no tiene facultades para privar de su libertad a los quejosos, ya que el único que puede hacerlo es un juez de distrito. 




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