Crónica de una negativa anunciada.
Tal como ya lo había predicho la abogada Bárbara Zamora, el juez Rafael Zamudio ha procedido a cumplir a rajatabla la consigna por parte del canciller mexicano Luis Ernesto Derbez, negando el amparo a los seis represaliados vascos.
Lean lo más reciente del caso por conducto de La Jornada:
Niegan a vascos amparo contra privación ilegal de la libertad que ejerce la SRE
Pendiente, otro juicio de garantías que busca desechar la decisión de extraditarlos
Alfredo Méndez Ortíz
El juez quinto A de distrito en materia de amparo, Rafael Zamudio Arias, desechó un juicio de garantías iniciado a petición de los seis ciudadanos vascos presos en el Reclusorio Norte, quienes solicitaron la protección de la justicia contra la supuesta inconstitucionalidad del artículo 29 del tratado de extradición entre México y España, el cual abre la posibilidad de que cualquier persona reclamada por alguno de esos países quede encarcelada y a disposición de la dependencia encargada de los asuntos internacionales, que en el caso mexicano es la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
No obstante, a los reclamados aún les queda el juicio de amparo más importante que solicitaron contra la determinación de la cancillería de autorizar su extradición a España, y que es estudiado por el mismo juzgador.
En tanto, los reclamados, por medio de sus abogados, interpusieron un "recurso de impedimento" -que resolverá el tercer tribunal colegiado-, con el que pretenden sustraer del juzgado quinto de amparo el análisis del juicio que tienen pendiente los vascos, básicamente con dos argumentos: primero, en virtud de que ese juzgado ya ha tomado parte en fases anteriores del procedimiento de extradición, lo cual eliminaría la imparcialidad en el actual juicio; segundo, porque el juez Zamudio habría incumplido con la ley de amparo, pues no notificó a los quejosos que había aceptado la competencia del estudio del asunto que en un principio fue analizado por el juzgado tercero de distrito B de amparo.
En tanto no se resuelva este recurso solicitado por los vascos, no podrá continuar el desarrollo del juicio de amparo contra su extradición.
La negativa
Respecto al primer asunto, la abogada del grupo, Bárbara Zamora, informó que el juez Zamudio determinó sobreseer y ya no entrar al fondo del asunto que reclamaban los quejosos, con el argumento de que cualquier tipo de "violación procesal dentro de un procedimiento de extradición se debe alegar hasta que se emita una sentencia final en el juicio".
La defensora de Félix Salustiano García, María Asunción Gorrochategui, Ricardo Ernesto Sáenz García, Luis Castañeda Vallejo, Asier Arronategui Duralde y Juan Carlos Artola Díaz presentó, el pasado 9 de julio, una demanda de garantías contra la SRE, por considerar que esa dependencia incurre en el delito de privación ilegal de la libertad, pues no tiene facultades jurídicas para mantener en prisión a sus clientes.
El concepto de violación relativo a la demanda de amparo refiere que es inconstitucional el artículo 29 del acuerdo de extradición firmado entre México y España, el cual señala, en el caso de nuestro país, que cualquier persona reclamada quedará a disposición de la SRE, pero permanecerá en un centro penitenciario.
No obstante, la abogada Bárbara Zamora considera que es inconstitucional ese artículo, ya que de acuerdo con el artículo 16 constitucional, la SRE no tiene facultades para privar de su libertad a los quejosos, ya que el único que puede hacerlo es un juez de distrito.
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