En los comentarios al mensaje anterior Pri provee con el enlace al documento al que se refiere la nota de La Jornada:
Comunicación No. 212/2002.
La lectura del mismo resulta bastante interesante.
Comunicación No. 212/2002.
La lectura del mismo resulta bastante interesante.
Y para que no se pierda en el limbo en el que se convierten los comentarios, aquí va su opinión al respecto:
De todas formas hay que apuntar una cosa también, Guridi debía haber interpuesto un recurso al indulto en el tribunal supremo en vez de acudir al comité, por qué, porque la resolución habría sido más rápida, se inhabilitaría el indulto hasta que saliera la resolución judicial y, en el improbable caso de que esta fuera contraria a su petición, el defensor del pueblo llevaría el caso de oficio ante el comité, consiguiendo de este modo lo que él sólo no ha logrado, una condena en vez de una reprimenda.
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Wooops, qué ilusión da verse nombrado tras pasar tanto tiempo sin leer nada.
ResponderBorrarIrina tiene razón en parte, de hecho en Berri Berriak ni siquiera encuentro el enlace a Gazteleraz...