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viernes, 24 de octubre de 2003

Llona Denuncia a Juez Castillo

El represaliado político vasco Lorenzo Llona a decidido interponer una queja en contra del corrupto juez Ranulfo Castillo Mendoza por haber dictaminado que su extradición procedía sin tener elementos para ello.

Aquí lo que nos informa La Jornada:


Llona Olalde pide la destitución del juez Castillo

Presenta una queja ante el Consejo de la Judicatura

Alfredo Méndez Ortíz

Lorenzo Llona Olalde, ciudadano mexicano de origen vasco, a quien el gobierno federal se negó entregar a la justicia de España para que fuera juzgado por sus presuntos vínculos con ETA, presentó una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) contra el juez 15 de distrito en materia penal, Ranulfo Castillo, quien opinó el 27 de agosto pasado que sí procedía su extradición al país ibérico.

Tanto para el mexicano como para su abogada, Bárbara Zamora, está claro que durante el procedimiento de extradición el juzgador de la causa incurrió en errores legales que afectaron las garantías constitucionales de Llona Olalde, quien estuvo encarcelado por más de cuatro meses (del 27 de abril al 17 de septiembre pasados), permaneció 21 días en huelga de hambre, y recuperó su libertad el pasado 17 de septiembre por una decisión de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

La petición que Llona Olalde hizo al CJF fue clara: que el juez Castillo Mendoza reciba una "sanción fuerte", y que sea destituido de su cargo, "para evitar que otras personas que pudieran caer en sus manos vayan a recibir sanciones caprichosas y subjetivas".

Llona Olalde refirió entre los argumentos en que basó su queja -la cual fue aceptada por el CJF el pasado 16 de octubre y se le asignó el expediente 604/2003- que los impartidores de justicia no pueden valerse de sí mismos para emitir sentencias u opiniones jurídicas, sino que deben respetar lo que establece la Constitución.

A decir de su abogada, el juez de la causa no analizó pruebas fundamentales que hubieran influido en el resultado de la opinión jurídica que emitió; por el contrario, las omitió, las eludió, y con ello perjudicó a su cliente.

Además, el impartidor de justicia "no aplicó en su resolución la fundamentación ni motivación que exige la Constitución; es decir, su opinión estuvo basada en una apreciación subjetiva, en elucubraciones del propio juez, pero sin sustento en las pruebas que había en el expediente".

Por su parte, el CJF solicitó al juez Castillo Mendoza los informes completos sobre su actuación en dicho procedimiento de extradición, así como una copia certificada del expediente de Llona Olalde.

Según fuentes del Poder Judicial, el juzgado 15 de distrito en materia penal ya envió al CJF los informes respectivos sobre el caso del mexicano. Además, los funcionarios entrevistados añadieron que el impartidor de justicia está dispuesto a comparecer personalmente ante quienes revisen su actuación, porque "está seguro de que actuó apegado a derecho".

Durante una entrevista que La Jornadarealizó en exclusiva al juez Ranulfo Castillo Mendoza el pasado 18 de julio, éste aseguró tener la conciencia tranquila e indicó que no se arrepentía de haber avalado la extradición a España del mexicano Lorenzo Llona Olalde, acusado por el país ibérico de haber participado en un atentado de ETA, ocurrido el 24 de junio de 1981 en el pueblo guipuzcoano de Tolosa. "Mi decisión estuvo totalmente apegada a derecho", dijo entonces.

Además, aunque aclaró que las pruebas de descargo que presentó en su momento la abogada Bárbara Zamora "van directamente a determinar la no participación de este señor" en el triple homicidio que España le imputa, argumentó que "hasta el momento hay jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que nos prohíbe tajantemente (a los jueces mexicanos) analizar cuerpo del delito y probable responsabilidad (en temas de extradición). Somos como un asesor del Ejecutivo federal en este tipo de casos".

De acuerdo con funcionarios del Poder Judicial consultados por La Jornada, el CJF centrará el análisis de la actuación del juez 15 de distrito en el hecho de que el juzgador se haya apegado a lo que establece el tratado de extradición entre México y España; esto es, si su opinión jurídica se apegó o no a dicho acuerdo bilateral.

Si la Judicatura considera que el impartidor de justicia no actuó conforme al tratado de extradición, podría recibir como castigo desde un apercibimiento hasta la destitución parcial o total de su cargo, eso quedaría a juicio del CJF, puntualizaron las fuentes consultadas.

Como se recordará, Lorenzo Llona Olalde fue detenido en Zacatecas el pasado 26 de abril y un día después fue trasladado al Reclusorio Sur, donde enfrentó el procedimiento de extradición. Permaneció preso a pesar de que su abogada presentó en tiempo y forma varias pruebas de descargo con las que intentó demostrarle al juez 15 de distrito que su entrega al país ibérico era injusta, porque el acusado no estuvo en España el día en que ocurrieron los hechos que esa nación le imputa.

A pesar de esas pruebas, el juez de la causa opinó que sí procedía la extradición, con el argumento de que el tratado en la materia firmado entre México y España en 1978 y modificado en 1999, le impedía analizar el fondo del asunto, es decir, si había elementos suficientes para considerar al mexicano probable responsable de un delito.

Llona y su abogada consideran que con la "injusta actuación" del juez Castillo Mendoza las garantías constitucionales del mexicano quedaron "pisoteadas". Por ese motivo presentaron la queja contra el impartidor de justicia, porque "nadie debe estar por encima de la ley". 




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