En el aniversario 51 de la Declaración de Derechos Humanos de la Organización de la Naciones Unidas y mientras se cumplen ya 14 meses del incesante y brutal bombardeo a la población civil palestina de Gaza por parte del ente sionista, les compartimos este texto publicado por Resumen Latinoamericano:
Las víctimas de la tortura ya existen ¿Y sus perpetradores?
Iratxe Urizar y Agus Hernan | GEBehatokia-Obervatorio Vasco de Derechos HumanosSe cumple este año el 51 aniversario de la declaración, el 10 de diciembre, por parte de Naciones Unidas, del Día Internacional de los Derechos Humanos, Una fecha que ha adquirido centralidad en Euskal Herria. Desde el Euskal Herriko Giza Eskubideen Behatokia, entidad que reinicio su actividad el pasado mes de febrero y se presentó en sociedad el 29 de junio en el Palacio de Miramar, queremos aportar con esta ocasión elementos de reflexión. Este primer año centradas en el tema de la tortura y la grave vulneración de derechos humanos que ha supuesto en la historia reciente de nuestro país.
No cabe duda, y así debe ser afirmado, que en el campo de los derechos de las víctimas de tortura y en el contexto del conflicto vasco, han sido muy reseñables los avances que se han venido dando. Desde el anuncio de la organización ETA en 2011 de abandonar la actividad violenta, se ha dado también una paulatina desaparición de la práctica de la detención incomunicada y, con ella, de la propia tortura en el ámbito de los operativos policiales en aplicación de la ley antiterrorista. Podemos constatar, por tanto, que la tortura fue una práctica íntimamente vinculada a las medidas y políticas antiterroristas.
Las víctimas de la tortura han venido sufriendo una falta de reconocimiento oficial (y de hecho, el mismo acto de denunciar haber sufrido torturas durante la detención, era utilizado como indicio de culpabilidad y sospecha de pertenencia a banda armada) y un tratamiento en completa asimetría respecto a otras víctimas. Asimetría que, si bien es constatable aún a día de hoy, comienzan a vislumbrarse normativas en la dirección correcta.
Los primeros pasos en el sentido del reconocimiento a estas víctimas fueron dados de la mano del Instituto Vasco de Criminología, con un informe que constataba, avalado por la práctica del Protocolo de Estambul, que 4.311 personas en la Comunidad Autónoma Vasca y otras 1.068 en la Comunidad Foral de Navarra habían sido sometidas a tortura en el periodo de tiempo comprendido entre 1960 y 2014. Fue desde luego demostrativo de la dimensión de esta práctica (debemos tomar en cuenta que la población total del País Vasco solo es algo superior a los 3.200.000 de personas. Además, muchos no quisieron participar de este informe, desconfiados por el maltrato institucional que llevaban años sufriendo, por no querer revivir un episodio tan traumático, por falta de información o porque habían fallecido en el momento de la realización del mismo), terribles números que llamaron la atención del CAT (Committee Against Torture) en su último examen a España llevado a cabo en la sede de la ONU en Ginebra el pasado julio de 2023. Al tener conocimiento de este informe, el Comité solicitó al Gobierno español que estos casos fueran investigados, sin que a día de hoy hayan sido dados pasos en este sentido. En efecto, la jurisprudencia del Tribunal de Derechos humanos establece ya una sistemática inactividad investigatoria en los casos de tortura bajo incomunicación antiterrorista y, derivado de ella, falta de esclarecimiento de hechos y sus responsabilidades. Son ya 11 casos en que el Alto Tribunal Europeo ha condenado a España por no investigar denuncias de torturas, lo cual puede considerarse, ya que establece un patrón sistemático.
Falta de investigación en los casos de tortura también recogida en recomendaciones y decisiones de diversos órganos de Naciones Unidas (Exámenes Periódicos Universales, informes de Relatores Especiales tras visitas, así como quejas individuales avaladas por el Comité contra la Tortura, Comité de Derechos Humanos, etc.)… Falta de investigación que muy a menudo ha venido acompañada de, además de la impunidad hacia los perpetradores, de legitimación y glorificación de gravísimas vulneraciones de derechos humanos atribuibles al Estado. Algunos responsables políticos e institucionales han venido realizando declaraciones que no solo enaltecen y legitiman el hecho de haber torturado, sino que humillan o insultan a sus víctimas, revictimizándolas.
Si bien llama la atención la absoluta inacción del Estado español en este tema siendo como es, además el principal perpetrador, las instituciones vascas y navarras han aprobado en los últimos años la Ley vasca 12/2016 y la Ley Navarra 16/2019 Están empezando a evaluar testimonios de las personas torturadas y víctimas de otros tipos de violencia ejercida por el estado (desapariciones, muertes, secuestros, heridos) y ya se están dando los primeros reconocimientos, 461 en total a día de hoy.
Los últimos 93 reconocimientos acaban de darse por parte de la Comisión en el Parlamento de Gasteiz este pasado octubre. La tipología de las víctimas reconocidas es variada: torturados, muertos por la Guardia Civil o la Policía Nacional española, otros asesinados o gravemente heridos por los GAL, el Batallón Vasco Español u otros grupos parapoliciales.
Uno de los reconocidos ha sido José María Larretxea Goñi, que sufrió un intento de secuestro y lesiones graves en 1983. Este caso de secuestro fue ordenado por el exministro español José Barrionuevo, algo que él mismo reconoció en una entrevista concedida al diario El País. A pesar de que indudablemente van dándose avances y las víctimas van logrando reconocimiento, no podemos, sin embargo, reivindicar el derecho que tienen a saber la verdad. El derecho a la verdad que ampara no solo a la víctima sino a la sociedad en su conjunto. Son víctimas, pero ¿dónde están los victimarios?; ¿dónde los autores materiales?; ¿dónde los responsables últimos? Las víctimas no tienen forma de perseguir a sus perpetradores, que permanecen impunes, cuando no premiados o promocionados.
Pero es que, además, la detención bajo régimen de incomunicación que ha sido demostrada como premisa necesaria para que la tortura sea posible, si bien no se aplica, puede ser aplicada cuando así se decida, ya que el artículo 509 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal español, que la hace posible, no ha sido derogado, condición sine qua non para poder atender al principio de no repetición de las víctimas de tortura.
Los avances están ahí, pero también siguen estando los relatos que justifican y legitiman los crímenes contra las víctimas de la violencia del Estado, como recientemente hemos visto en el caso de Mikel Zabalza. Acabar con las versiones oficiales escudadas en informes y expedientes que a día de hoy continúan secretos y que deben ver la luz.
Debe trabajarse para que esta dinámica de reconocimientos no quede estanca y sea actualizada y adaptada, mejorar el sistema de indemnizaciones y, tal y como la misma Comisión de Valoración solicitaba en la presentación de los últimos 93 reconocidos, abrir un nuevo plazo de solicitudes de reconocimientos, incluyendo también los casos de violencia ocurridos a partir del año 1999.
Entre todos deberemos trabajar para que la última de las «R» de los principios básicos de los derechos de las víctimas de la violencia de estado (reconocimiento, reparación y la garantía de no repetición) sea también implementada cuanto antes. El GEBehatokia nace con esa visión de servir de «fiscalía social» para acompañar a las víctimas del Estado desde la premisa del derecho de todas las víctimas a la verdad, la reparación y también a la justicia.
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