Ahogado entre celebraciones navideñas, filtraciones de Julian Assange y la pérdida de un boleto de lotería ganador casi ha pasado desapercibido el asunto de la sentencia en contra de (por lo menos algunos de) los torturadores de los jóvenes Portu y Sarasola, para beneplácito de Juan Carlos Borbón y los canallas que conforman su régimen claro está. En Rebelión han reproducido este texto de Ramón Sola acerca del tema, originalmente publicado en Gara:
Condena por torturas a Portu y Sarasola, la excepción que confirma la regla
La sentencia sobre torturas y la Audiencia Nacional se contradicen
Ramón Sola
La sentencia por torturas a Portu y Sarasola deja una conclusión aplastante: la Guardia Civil ha sido condenada sólo por «echarse al monte» esta vez. En ese espacio externo había un vecino que paseaba al perro, una ATS que vio unos calcetines empapados, unos médicos que emitieron partes independientes. Luego, en los calabozos, volvió la opacidad: de hecho, el fallo de la T-4 afirma que Sarasola se autoinculpó «bajo el total respeto a sus derechos constitucionales».
El consejero de Interior del gobierno vasco, Rodolfo Ares, no ha tenido reparo -o no ha tenido más remedio- que valorar la sentencia del «caso Portu-Sarasola» como ejemplo del «buen funcionamiento del Estado de Derecho». Nada más lejos de la realidad. El caso es justo lo contrario: la excepción que confirma la regla, la radiografía de una práctica que sólo puede revelarse cuando se hace precisamente así, a plena luz del día.
Por un lado, la condena de la Audiencia de Gipuzkoa es fruto de un cúmulo de elementos -pruebas materiales y testimonios- que se producen todos fuera del marco habitual del «buen funcionamiento del Estado de Derecho»: los impenetrables calabozos de cuarteles y comisarías. La novedad de este caso no estriba en que se produjeran lesiones a los detenidos, ni en que haya partes médicos que los atestiguen: esto ha ocurrido en otros casos. Tampoco es nuevo que los arrestados presenten denuncias muy detalladas e incluso relatos coincidentes pese a no haber estado en contacto en ningún momento: esto resulta frecuente, incluso habitual.
Lo inhabitual es que una gran parte de la secuencia se produjo fuera del ámbito de impunidad por excelencia, lo que ha multiplicado la presencia de testigos incuestionables: el vecino que paseaba al perro y presenció un arresto al que no hubo resistencia, la ATS que se sorprendió al ver que los calcetines de Igor Portu estaban empapados, los médicos de urgencia que reflejaron sus estados de ansiedad... Así, la sentencia termina convirtiéndose indirectamente en la «prueba del algodón» del sistema, ya que da por probado todo el relato hecho por Portu y Sarasola sobre lo ocurrido en el exterior, pero no avala ni una sola de sus declaraciones correlativas sobre el trato que Sarasola recibió después en dependencias policiales. ¿Qué sentido tiene que digan la verdad sobre lo primero y no sobre lo segundo?
Conviene matizar que ni siquiera en estos casos se llega siempre a conocer la realidad de los hechos. Sin ir más lejos, apenas ocho meses después de la detención de Portu y Sarasola otro joven llamado Alberto López Iborra fue arrestado y hospitalizado durante cuatro días en Iruñea. El hecho no salió a la luz pública hasta que GARA lo supo y lo reveló más tarde. Entonces no hubo profesionales médicos que lo destaparan ni testigos que pasearan a esa hora por el Polígono de Landaben, de modo que a día de hoy su denuncia de torturas está -como casi todas- en un limbo.
Por contra, la hospitalización de Portu en Donostia trascendió al exterior prácticamente en tiempo real. Esto hizo que los medios tuvieran que hacerse eco, que políticos como Joseba Egibar se vieran obligados a exigir explicaciones, y que un juez como Fernando Grande-Marlaska debiera admitir en un auto que no hay explicación posible para el hecho de que dos detenidos que no han estado en contacto en ningún momento refieran haber sufrido hechos idénticos. ¿Acaso no coinciden los relatos de torturas de detenidos en otras redadas de Marlaska, también incomunicados entre sí? Evidentemente lo son. La única diferencia es que en aquel caso el juez se sentía observado por la opinión pública.
El «buen funcionamiento del Estado de Derecho» queda retratado también en la contradicción entre dos sentencias: la dictada ahora por la Audiencia de Donostia y la que emitió el 21 de mayo pasado la Audiencia Nacional contra Portu y Sarasola por el atentado de la T-4 del aeropuerto de Barajas.
El Juzgado guipuzcoano acaba de dar por demostrado que ambos sufrieron graves torturas, las ha detallado al máximo y ha condenado por ello a penas de cárcel a cuatro guardias civiles. Pues bien, la Audiencia Nacional determinó en mayo que las declaraciones policiales en las que Sarasola se autoinculpaba del atentado «se verifican de forma libre y espontánea, y bajo el total respeto de sus derechos constitucionales». La Audiencia de Donostia reproduce este párrafo en la sentencia emitida el jueves, y añade -¿será una indirecta?- que la resolución del tribunal especial madrileño «valida las diversas declaraciones policiales practicadas a Mattin Sarasola, desconectándolas causalmente del presente procedimiento por torturas».
La Audiencia Nacional no puede alegar desconocimiento. Para entonces la propia Fiscalía de Gipuzkoa ya había hecho pública su imputación a varios agentes (fue en febrero). Lo que hizo el tribunal especial fue justo lo contrario a lo que espera del «buen funcionamiento del Estado de Derecho»: no esperar, sino acelerar la condena. ¿Por qué? A nadie se le escapa que las FSE ya habían reconocido antes de las detenciones sus dificultades para esclarecer el atentado del aeropuerto, y que de hecho difundió las imágenes en que los autores pasaban totalmente camuflados -uno de ellos apoyándose en una muleta- bajo las cámaras de la T-4.
La Guardia Civil y los tribunales han funcionado en todo este caso con una política de hechos consumados o de tierra quemada, pasando por encima de todas las garantías que se presumen al «buen funcionamiento del Estado de Derecho». Los hechos objetivos dejan claro que el Ministerio del Interior español multiplicó la difusión de la inculpación de Sarasola, el 9 de enero de 2008, para que el ingreso hospitalario de Portu pasara a segundo plano. Y dejan claro también que la Audiencia Nacional aceleró la condena por aquel atentado para solventar el «problemilla» del que había alertado "El País'' en marzo de 2009: «Pedraz, sin pruebas para condenar a Portu y Sarasola por volar la T-4. La declaración policial de uno de los etarras será nula si se obtuvo con torturas».
Tras ambas maniobras -la de enero de 2008 y la de mayo de 2010- subyacía además un mismo mensaje paralelo para la opinión pública española: ¿a quién le debe importar que se torture a un miembro de ETA si con ello se resuelve un atentado como aquel, con dos muertes? Dicho en otras palabras, ¿qué son los once años de condena impuestos en total a los guardias civiles en comparación con los 1.040 que se han aplicado a Portu y Sarasola?
Hay que precisar que los dos jóvenes lesakarras no han negado la pertenencia a ETA ni la relación con la acción de Barajas. Pero el problema, la cuestión, son los procedimientos de un Estado de Derecho. Porque con autoinculpaciones similares, hechas bajo denuncias de torturas nunca esclarecidas, se puede mantener en prisión e incluso condenar a cualquiera. ¿Quién no se acuerda de los cuatro jóvenes navarros que pasaron dos años en la cárcel acusados del atentado de Leitza contra el concejal de UPN José Javier Múgica?
En este punto, la sentencia de Donostia sí parece echarle una mano a ese Estado de Derecho maltrecho con la condena a los guardias civiles. Todo delito tiene un móvil: ¿por qué fueron torturados Igor Portu y Mattin Sarasola? La Fiscalía ya había apuntado una tesis difícilmente sostenible: la de que los agentes actuaron «conmocionados» por las muertes de dos compañeros en Capbreton, producidas cinco semanas antes. La sentencia no hace suyo este detalle, pero sí da por buena la tesis general de que se les aplicaron los tormentos «por venganza», en relación genérica a su pertenencia a ETA.
Tal explicación no se justifica en la sentencia. Y no encaja con nada de lo que se dice en el procedimiento ni de lo que pasó en el juicio, ya que los guardias civiles han negado simplemente que practicaran cualquier maltrato a los detenidos. La tesis de los jueces es, sin duda, la más benévola para el Estado de Derecho y, por ende, para la Audiencia Nacional. Pero la realidad de los hechos muestra otra cosa: a Portu y Sarasola se les metió la cabeza en el río, se les apretaron los testículos y se les golpeó para que hablaran del atentado de la T-4. Algo que está claro que no hace ningún Estado de Derecho que funcione bien.
Rubalcaba también mintió al decir que en los registros estaban bien
La sentencia condenatoria del jueves ha dado paso a un silencio muy elocuente del Gobierno español, que contrasta con la locuacidad empleada para defender a los guardias civiles en los primeros momentos después de aquel 6 de enero de 2008. En realidad, es el colofón a un «apagón» progresivo que apunta a que el Gabinete de Zapatero y Rubalcaba daban el caso por perdido hace tiempo. Hay que irse hasta aquellos primeros días para hallar declaraciones. Después, nada, ni cuando la Fiscalía hizo pública su acusación ni cuando se celebró el juicio. El Gobierno ha decidido actuar como si el tema no fuera con él, y ha dejado la valoración en manos de Ares, a la sazón jefe de la Ertzaintza y no de la Guardia Civil.
Pero en detalle la sentencia deja muy en feo a Alfredo Pérez Rubalcaba, ministro del Interior entonces y ahora. No sólo remarca que los policías -y por extensión el Ministerio que los avaló plenamente- mintieron en la versión global, sino también en la letra pequeña del relato de Rubalcaba. Por ejemplo, sobre los registros de Lesaka.
El 8 de enero de 2008, en sus segundas declaraciones sobre el ingreso hospitalario de Portu, el ministro afirmó que los propios familiares del detenido afirmaban que lo habían encontrado en buen estado cuando fue llevado a su casa a las 19.30 de aquel 6 de enero. Por contra, la sentencia dice que «durante el traslado y posteriormente el desarrollo del registro, Igor Portu dio muestras de fatiga, por lo que una vez en su domiciilio pidió una silla para sentarse. Para ese momento, le costaba hablar y responder a las preguntas que le formulaban». De hecho, desde allí sería llevado directamente al Hospital de Donostia.
Rubalcaba mintió, le mintieron... o las dos cosas. Por el momento, calla. Habrá que ver si algún grupo del Congreso pide su comparecencia para que explique al menos eso: si es que fue engañado por la Guardia Civil.
El blog de Escolar
La estrategia gubernamental pasa por dar normalidad a la cuestión y aparentar que no tiene nada que esconder. Un dato revelador es lo ocurrido en el blog de Ignacio Escolar. El ex director de "Público'' mostró el jueves cierta sorpresa por que «acabo de descubrir que el audio de la comparecencia de Alfredo Pérez Rubalcaba donde rechazaba las acusaciones de tortura ha desaparecido de la web de Interior. El enlace sigue operativo, pero el archivo ya no está. Y es el único audio -por lo que he visto- que ha desaparecido».
Horas después, Escolar matizaba que había hablado con el Departamento de Prensa del Ministerio y «aseguran que el audio no lo han retirado», aunque no aclaraban por qué había desaparecido de su enlace anterior. El columnista daba por bueno que «es más fácil pensar en un error técnico que en una conspiración».
Lokarri y EB demandan a Rubalcaba que se retracte
Lokarri consideró el sábado que Rubalcaba «debe retractarse públicamente» por negar las torturas inflingidas. EB realizó una demanda similar, solicitando que se depuren todas las responsabilidades políticas, aunque afecten al ahora vicepresidente español. Y Gesto por la Paz exigió que se adopten medidas para prevenir la tortura.
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