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lunes, 24 de abril de 2017

Es 1978 para los de Indar Gorri

A dos semanas del acto en Baiona el juez colaboracionista Fermín Otamendi hace viajar a la ciudad de Iruñea a 1978.

Claro, como ahora no pueden endilgar lo de "el umbral del entorno de la ETA", pues se ha conformado con aplicarle a los represaliados de la barra de Indar Gorri la etiqueta de "grupo criminal".

Lean ustedes esta nota al respecto publicada en Naiz:


El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Iruñea, Fermín Otamendi, considera que hay indicios para enjuiciar a 21 simpatizantes del grupo Indar Gorri por un supuesto delito de integración en grupo criminal ya que, «con la excusa del seguimiento a Osasuna, se desplazaban por diferentes ciudades con la finalidad de cometer delitos de lesiones, sin importarles su gravedad o participar en riñas tumultuarias buscando el enfrentamiento físico y violento con los grupos extremistas contrarios».

En la resolución, que es recurrible, el magistrado puntualiza que la mera pertenencia a Indar Gorri, por muy activa que sea, no es constitutiva de delito. Al respecto, destaca que los 21 investigados forman parte de un grupo de jóvenes en torno a Indar Gorri, del que se aprovechan de su nombre y recursos económicos, pero separado de él, «a modo de grupo de élite».

Este operativo se inició en febrero de 2016, con la detención de 18 miembros de Indar Gorri. Todos ellos fueron puestos en libertad tras comparecer ante Otamendi.

La finalidad última de dicho grupo, siempre según el juez, consiste en «conseguir, mediante la perpetración de los referidos delitos, un estatus de respeto entre los diferentes grupos violentos relacionados con el mundo del fútbol». Así, mantienen contactos “más o menos permanentes” con otros grupos ultras, en especial con los Riazor Blues (hinchas del Deportivo de A Coruña), Mujika Taldea (Real Sociedad), Iraultza 1921 (Deportivo Alavés), Bukaneros (Rayo Vallecano), Boixos Nois (FC Barcelona) y Biris (Sevilla).

En el auto en el que da por concluida la instrucción, el juez archiva la causa respecto de once imputados al estimar que no hay indicios suficientes de su participación en el grupo criminal, y emplaza al Ministerio Fiscal para que en 20 días formule escrito de acusación o solicite el sobreseimiento.

Respecto a la presunta participación de los 21 investigados, el juez detalla la existencia de seis elementos incriminatorios: las diversas vigilancias y seguimientos efectuados por parte de la Policía Nacional y la Guardia Civil, así como los distintos análisis del contenido de las comunicaciones telefónicas intervenidas, los movimientos de la cuenta bancaria, los datos de geoposicionamiento, el contenido de los móviles intervenidos y la documentación incautada.

De dicha documentación, reitera el juez, «se desprende la existencia de una organización en el grupo, con reparto de diferentes tareas entre sus integrantes, así como un cierto control económico de las actividades desarrolladas».

Para los integrantes de este grupo, según recoge la resolución, «la cuestión deportiva es algo completamente accesoria, hasta el punto de que muchos de los encausados ni siquiera accedían a los campos de fútbol, o lo hacían avanzado ya el partido, cuando se desplazaban a otras localidades».

Según precisa el juez, acostumbraban a camuflar sus actividades delictivas «mezclándose con el grupo Indar Gorri, para de esta manera obtener apoyo social y beneficios del Club Atlético Osasuna y de los restantes integrantes de Indar Gorri “ajenos a sus actividades delictivas y centrados en el apoyo deportivo a Osasuna».

También actuaban de esta manera, prosigue el magistrado, «para poder imputar a las fuerzas de seguridad y a los organismos encargados por velar por la seguridad de los encuentros deportivos una presunta persecución hacia las ideas políticas y sociales de Indar Gorri».








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