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viernes, 11 de mayo de 2018

Fortalecen al Ararteko Navarro

El gran problema que ha venido arrastrando la sociedad navarra se materializa en las altas cotas de corrupción que la herrialde ha sufrido bajo los gobiernos de UPN en contubernio con las filiales navarras del PP y del PSOE. Es por eso que cualquier avance en lo que respecta a la transparencia con la que deben operar los funcionarios públicos debe ser bienvenido.

En ese sentido, traemos a ustedes esta información dada a conocer por Naiz:


El pleno del Parlamento de Nafarroa ha aprobado por unanimidad una modificación de la ley del Defensor del Pueblo, por la que se amplían las funciones de dicho órgano en relación con las quejas por falta de transparencia en las administraciones públicas del herrialde.

La modificación contempla que, sin perjuicio de la reclamación que pueda interponerse ante el Consejo de Transparencia contra las resoluciones de los órganos de la Administración que impidan o limiten el ejercicio del derecho ciudadano al acceso a la información pública, podrá dirigirse también una queja al Defensor del Pueblo.

Junto a ella, se ha aprobado también la modificación de la Ley del Gobierno de Nafarroa y de su Presidente, así como la Ley de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración del herrialde.

El «nexo común» de las tres leyes modificadas es su consideración de leyes de mayoría absoluta, que complementan las disposiciones de la nueva Ley  de Transparencia, acceso a la Información pública y buen gobierno, aprobada en la sesión plenaria de esta misma mañana.

En lo relativo a la Ley del Gobierno de Nafarroa y de su Presidente, se añade un nuevo título dedicado a la ética y la transparencia en la acción de Gobierno.

En él, se establece que la actuación de los miembros del Ejecutivo navarro y de los altos cargos de la Administración Pública «estará presidida por el interés general y la transparencia en su gestión, debiéndose observar los principios éticos y de conducta contemplados en el Código de Buen Gobierno».

De esta forma, se regula el deber de abstención de toda actividad privada cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las responsabilidades públicas contraídas, cuestión que se hace extensiva a los altos cargos de la Administración Pública.

Por otra parte, se mantiene que la permanencia en el cargo en la situación procesal de investigado por la presunta comisión de los delitos de corrupción «resulta incompatible con la confianza que se debe trasladar a la ciudadanía sobre la vigencia de los principios éticos y con la obligación de preservar el prestigio de las instituciones».

Respecto a la Ley de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración del herrialde, se modifica el régimen sancionador, de forma que las infracciones muy graves, penadas con una multa de entre 600 y 6.000 euros, y las muy graves, que podrán ser causa de cese del cargo, serán castigadas con la declaración de incumplimiento de esta Ley, cuestión que será objeto de publicación en el BON.






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