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viernes, 24 de enero de 2020

De Atutxa a Torrent

Insisten en que los procesos de autodeterminación de Euskal Herria y Cataluny no son similares. 

Y sin embargo, ellos son los que a fuerza de negarse a evolucionar democráticamente, terminan estableciendo las analogías, como por ejemplo, esta que nos expone El Independiente:


En 2008 la Mesa del Parlamento Vasco fue condenada por negarse a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak, heredera de la ilegalizada Batasuna. La condena fue anulada el año pasado.

Mikel Segovia

La orden también llegó del Tribunal Supremo. Como ahora, implicaba a la presidencia de una Cámara parlamentaria para que procediera a dejar en suspenso el escaño no de un parlamentario sino de un grupo completo. Ocurrió en 2003 en el País Vasco, cuando el entonces presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, junto al resto de componentes de la Mesa, desoyó de forma deliberada la sentencia del Supremo que le obligaba a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak. 11 años después la condena que le fue impuesta en 2008, tras la denuncia del sindicato Manos Limpias -1 año y 6 meses de inhabilitación y 18.000 euros de multa- fue cuestionada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por no haberse impuesto en un juicio justo al ni siquiera haber escuchado a los acusados. La sentencia fue anulada posteriormente por el Supremo.

Ahora, en Cataluña, el TS ha ratificado la resolución de la Junta Electoral Central que obliga a la presidencia del Parlament a dejar sin escaño al president de Cataluña, Quim Torra. La responsabilidad recae sobre el presidente de la Cámara, Roger Torrent que debería cumplir la sentencia de la JEC ahora ratificada por el Supremo. Por el momento, ni Torrent ni Torra parecen estar dispuestos a cumplir, «nada ha cambiado», aseguraba ayer el president.

El llamado ‘caso Atutxa’, que también implicó a Kontxi Bilbao (Izquierda Unida) y a Gorka Knorr (Eusko Alkartasuna) -condenados en su caso a un año de inhabilitación y 12.000 euros de multa- arrancó con la ilegalización de Batasuna. La sucesiva mutación de identidades que el entorno abertzale fue aplicando para intentar sortear la ilegalización topó con los tribunales en 2003. El sindicato Manos Limpias denunció a Sozialista Abertzaleak (SA), la marca de la izquierda abertzale que entonces operaba en la Cámara Vasca y que nació como sucesora de la ilegalizada Batasuna.

Inviolabilidad parlamentaria

El proceso judicial que se abrió concluyó constatando que SA debía ser disuelta por ser heredera de Batasuna y que el proceso debía ejecutarse desde la presidencia del Parlamento Vasco. El entonces presidente de la Cámara, Juan María Atutxa, exconsejero de Interior del Gobierno vasco, se negó a cumplir la sentencia. El PNV, formación a la que pertenece -hoy preside la Fundación Sabino Arana-, siempre se mostró en contra de la ley de partidos y de la ilegalización de la izquierda abertzale.

En primera instancia tanto Atutxa como Knorr y Bilbao lograron la absolución en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La Fiscalía no formuló acusación alguna. La única acusación que pidió penas fue el sindicato Manos Limpias. El tribunal tuvo en cuenta la inviolabilidad parlamentaria y concluyó que no actuaron como «meros ciudadanos» sino como miembros de la Mesa y por tanto sus actos se enmarcaban en el ejercicio de sus fuciones parlamentarias protegidas.

El recurso posterior presentado por Manos Limpias ante el Tribunal Supremo dio la razón al sindicato y aprobó, -con cinco votos particulares sobre los 12 emitidos-, condenar a los tres miembros de la Mesa por un delito de desobediencia «de forma consciente y deliberada» a la autoridad judicial. En el llamado ‘caso Atutxa’ no se aplicó la ‘doctrina Botin’, reclamada por la defensa de los acusados, según la cual no cabe acusación cuando ésta sólo la ejerce una acusacion particular.

Condena «por deducción»

Recientemente, y una década después, el caso ha sido resuelto en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ante el que habían acudido los condenados, que concluyó que Atutxa, Knorr y Bilbao no tuvieron un juicio justo al no haber sido escuchados sobre las razones por las que se negaron a disolver el grupo parlamentario.

Estrasburgo concluyó que los tribunales les condenaro tras llegar a sus conclusiones «por deducción, sin escuchar a los interesados». Meses después, tras la resolución del TEDH, el Tribunal Supremo anuló la sentencia que en 2008 había condenado a los tres miembros de la Mesa del Parlamento Vasco que se negaron a disolver el ‘ilegalizado’ grupo parlamentario de la izquierda abertzale.






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