Cristina Barrios Almazor, la misma embajadora que se unió al embate de la derecha mexicana en contra del regente de la Ciudad de México Andrés Manuel López Obrador, reportando secuestrados sin mencionar nombres de las víctimas, está involucrada en el desaseado proceso de extradición en contra de los seis represaliados políticos vascos.
Esto nos lo informa La Jornada en su Política:
Mintió Madrid en el caso de los seis vascos, revelan documentos
La embajadora de España dijo que se solicitó la extradición antes de la aprehensión
Alfredo Méndez Ortíz
La embajadora de España en México, Cristina Barrios Almazor, dio información falsa el 16 de julio de 2003 a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), con el objetivo de justificar la detención provisional de seis ciudadanos vascos que el pasado domingo cumplieron un año presos en el Reclusorio Norte del Distrito Federal.
En protesta por las "injusticias" de que han sido objeto durante ese periodo, los seis vascos están en huelga de hambre desde hace 10 días.
Documentos oficiales -de los cuales La Jornada tiene copia- demuestran que la diplomática, que tiene menos de dos años en el cargo, mintió a las autoridades mexicanas.
Según los documentos, Barrios Almazor envió una "nota formal" a la SRE -dos días antes de la aprehensión de los vascos, ocurrida el 18 de julio de 2003- que contiene información falsa, con la que intentó hacer creer a la cancillería mexicana que el juez Baltasar Garzón, de la Audiencia Nacional de España, envió "a tiempo" la "solicitud de detención preventiva", en virtud de supuestas "diligencias previas por integración de una organización terrorista" a la que, según el gobierno del país ibérico, pertenecen los acusados.
Lo cierto es que el 18 de julio de 2003 -cuando el juez segundo de distrito en materia penal, César Flores Rodríguez, ordenó la detención del grupo-, aún no se había solicitado de manera oficial la extradición de los vascos.
Contradicciones
Asimismo, la versión de Barrios Almazor se contrapone con la información contenida en un oficio de colaboración binacional con el sello de la Administración de Justicia de España, firmado por Garzón el 24 de julio de 2003.
Ese documento refiere que Garzón expresó -por primera ocasión seis días después de la detención- a las autoridades mexicanas: "hago saber y le participo que en las diligencias previas 270/02-P se ha acordado solicitar la extradición (de los seis vascos) que se encuentran en la actualidad detenidos en México, y a tal efecto adjunto documentación extradicional expedida para su remisión por conducto diplomático".
Para que fuera legal el procedimiento de extradición, el juez Garzón debió enviar a la SRE, antes de que ocurriera la detención, un documento oficial de colaboración binacional con la solicitud a las autoridades mexicanas de que se aprehendiera provisionalmente a los reclamados. Sin embargo, el documento llegó seis días después de la detención, lo cual demuestra que se trató de una acción "extrajudicial".
Deben ser liberados: juristas
De acuerdo con juristas consultados, entre ellos Clemente Valdés, doctor en derecho constitucional, es "inaudito" que los vascos hayan sido detenidos sólo por el dicho de la embajadora española, y refirió que si las autoridades federales y judiciales mexicanas tienen "algún respeto por las garantías individuales", el procedimiento de extradición debe ser cancelado y los vascos liberados de inmediato.
Agregó: "no puede fundarse un procedimiento de extradición cuando no existe una orden de detención". Actuar de manera contraria, como en este caso, "equivale y representa una arbitrariedad y una violación flagrante y monstruosa de los derechos de cualquier persona, amén de que la supuesta convalidación a posteriori (del juez Garzón) lo único que hace es demostrar que en el momento de la detención no existía una orden, lo cual es grave, y debe considerarse que la aprehensión fue inconstitucional".
Otro jurista, que pidió el anonimato, indicó que el andamiaje del pedido de extradición se "tambalea" por dos razones. La primera es que existen "vicios de forma" en la integración del expediente. La segunda es la "extemporaneidad" con que el juez Garzón terminó de enviar la integración del pedido de extradición: 35 días.
Juez con fama de torturador
La desconfianza y oposición de los seis vascos a ser extraditados y juzgados en tribunales españoles deriva de que Garzón tiene fama de "torturador" de toda persona a la que se vincule con supuestos actos terroristas derivados de luchas independentistas.
En ese contexto, apenas el pasado jueves diputados del movimiento independentista de Ezquerra Republicana de Cataluña protestaron abandonando una sala del Parlamento donde comparecía Garzón, a quien consideran un "nefasto personaje" que solapó torturas contra separatistas catalanes en 1992.
A pesar de la existencia de los documentos mencionados, que constan en los autos del juicio de extradición 2/2003, los acusados recibieron en dos ocasiones distintas las órdenes de detención formal que libró el juzgado segundo de distrito, por las que ahora están presos.
Félix Salustiano García, María Asunción Gorrotxategi, Ernesto Alberdi Alejadle, José María Urquijo, Juan Carlos Artola Díaz y Asier Arronategi Duradle -los seis de origen vasco y el último naturalizado mexicano- fueron detenidos por elementos de la Agencia Federal de Investigación de la Procuraduría General de la República (PGR) el 18 de julio del año pasado en distintas entidades del país.
Ese día también fueron aprehendidos tres mexicanos que supuestamente estaban vinculados con la organización separatista ETA: Pedro Ulises Castro Vargas, María del Pilar Sosa Espinosa y Noé Camarillo, quienes permanecieron bajo arraigo domiciliario en casas de seguridad de la PGR por más de dos meses, pero fueron liberados por falta de elementos probatorios que permitieran al Ministerio Público Federal solicitar el ejercicio de acción penal en su contra.
Al día siguiente de las aprehensiones, José Luis Santiago Vasconcelos, subprocurador de la PGR, informó que las detenciones -efectuadas en Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Puebla, estado de México y el Distrito Federal- se realizaron tras un año de investigaciones conjuntas entre México y España, mediante la Operación Donosti, ejecutada por autoridades de ambos países.
Agregó que Garzón acusaba a los detenidos de realizar en México operaciones de lavado de dinero para ETA, por conducto de una "célula financiera" que supuestamente integraban.
Inicialmente la PGR les incautó siete cuentas bancarias, en las cuales se encontraban depositados 900 mil pesos, así como "manuales de operación de ETA y documentos diversos vinculados con esa organización".
Ninguna de las cuentas estaba a nombre de María Asunción Gorrotxategui, única mujer entre los detenidos, a quien el gobierno español vincula con los demás presos sólo por ser esposa de uno de los reclamados.
Dos días después de su detención, los acusados fueron puestos a disposición del juez Flores.
La petición de arresto formal con fines de extradición fue entregada a las autoridades mexicanas el 22 de agosto de 2003 (35 días después de ocurrida su aprehensión).
En esa fecha comenzó el juicio de extradición, en el cual Flores Rodríguez concluyó el pasado 8 de julio que "sí ha lugar (jurídicamente) al traslado y entrega de los seis a las autoridades reclamantes".
Lo anterior ocurrió a pesar de las reiteradas quejas y recursos jurídicos de la abogada del grupo, Bárbara Zamora, en el sentido de que hay pruebas fundamentales -la mayoría de las cuales no fueron aceptadas durante el proceso- para demostrar que los vascos no pertenecen a ETA, sino que la solicitud de Garzón obedece a una "persecución política".
Además, la defensa de los vascos ha señalado en reiteradas ocasiones, con base en versiones de diversos testigos, que en los operativos policiacos mediante los cuales se ha detenido en los pasados tres años a ciudadanos vascos presuntamente vinculados con la ETA, directamente han participado en territorio nacional policías españoles "disfrazados", lo cual está prohibido expresamente por la Constitución de nuestro país.
El juicio de extradición
Como parte de sus garantías de defensa, la abogada de los vascos ha presentado varias solicitudes de amparo ante la justicia federal contra distintas resoluciones del juez Flores Rodríguez.
Entre las demandas de garantías más importantes (de las cuales sólo una se resolvió en su favor, aunque no les garantizó su libertad inmediata) destacan tres: las emitidas contra la detención provisional, la detención formal y contra la SRE.
Esta última aún está en curso y se solicitó contra la acción de la cancillería mexicana, dependencia a la que se acusa de privar ilegalmente de la libertad a los detenidos vascos, ya que las leyes mexicanas no facultan a esa dependencia para tener a ninguna persona aprehendida en esas condiciones.
Juicio de garantías
Respecto al juicio de garantías del que obtuvieron la protección de la justicia en diciembre pasado, el juez quinto de distrito A de amparo, Rafael Zamudio Arias, consideró que los vascos fueron detenidos de manera ilegal, ya que el juez segundo de distrito ordenó su aprehensión a pesar de que había deficiencias "de forma" que violaban el artículo 16 constitucional.
Sin embargo, en esa ocasión el juez Zamudio no quiso entrar al fondo del asunto (determinar si había lugar a la extradición de los reclamados), y sólo les concedió un amparo "para efectos" de que el juez César Flores Rodríguez "corrigiera" los errores "de origen" que cometió al emitir su orden de detención, el 18 de julio de 2003.
La ley de amparo establece que cuando se otorga esa protección de forma y no de fondo, el (los) quejoso(s) debe(n) continuar en prisión (en caso de delito grave o cuando está latente la posibilidad de que evada la acción de la justicia) hasta que se emita un nuevo auto de prisión o de libertad.
El 8 de marzo de este año, el juez Flores volvió a emitir la orden de detención formal con fines de extradición contra los seis vascos, y de inmediato su defensa interpuso un nuevo recurso de amparo.
En esta segunda ocasión, los quejosos perdieron ese juicio en primera instancia. El juzgado quinto de distrito, el mismo que les dio antes un amparo "para efectos", determinó que el segundo auto del juez segundo de distrito sí estuvo apegado a derecho y les negó la protección de la justicia federal.
Inconformidad ignorada
Sin embargo, los quejosos tenían el derecho de apelar de esa determinación -lo cual hicieron en tiempo y forma-, pero el juez Flores Rodríguez emitió su opinión jurídica favorable a la extradición de los vascos, sin atender que el séptimo tribunal colegiado aún no había revisado la inconformidad interpuesta por los detenidos contra la resolución de primera instancia.
Definición en la primera semana de agosto
Desde el pasado 8 de julio, el juzgado segundo de distrito opinó que sí ha lugar a extraditar a los vascos, por lo que envió el expediente a la SRE para que ésta defina, a más tardar la primera semana de agosto, si entrega a los reclamados a las autoridades españolas.
Aun cuando la cancillería determinara la procedencia del envío de los seis reclamados, su defensa tiene la posibilidad de presentar la solicitud de amparo más importante para sus clientes, ya que este recurso puede llegar a desahogarse finalmente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y presentar las pruebas que demuestren que sus defendidos no pertenecen al grupo separatista ETA, como les imputa el gobierno español.
El desahogo de ese amparo podría tardar varios meses (en el caso del represor argentino Ricardo Miguel Cavallo un amparo de características similares tardó 15 meses en resolverse), ya que tres distintos órganos del Poder Judicial federal deben emitir la sentencia correspondiente. El primero es el juzgado de amparo, en segundo término un tribunal colegiado y finalmente la SCJN.
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