Un blog desde la diáspora y para la diáspora

viernes, 13 de diciembre de 2019

Condena a La Manada de Aranda

Pues bien según nos informa El País, a los heteronormados de La Manada de Arandina no le ha ido tan bien como a sus contrapartes de La Manada original.

Lean ustedes:


El tribunal considera que hubo “intimidación ambiental” y aplica por primera vez la doctrina de la cooperación necesaria en una violación múltiple

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a tres exfutbolistas de la Arandina por agresión sexual a una adolescente de 15 años. La pena para cada uno de ellos es de 38 años de cárcel, aunque el máximo cumplimiento será de 20, conforme a lo dispuesto en el Código Penal.

La sentencia, que será recurrida por las defensas, suma 114 años de prisión, que se corresponden a la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria: cada uno de los acusados es condenado a 12 años como autor de la agresión cometida por él mismo y a otros 24 como cooperador de la realizada por los demás. Varias fuentes jurídicas explican que es la primera vez que se aplica esta doctrina en un caso de violación múltiple.

El Tribunal Supremo, en la sentencia del caso de La Manada, en el que los acusados fueron condenados a 15 años de prisión, señaló entonces que se incurrió en un error de calificación jurídica de los hechos: "La correcta calificación hubiera sido considerar a los acusados autores y partícipes de una pluralidad de delitos de agresión sexual". Si las acusaciones hubieran incluido el delito de cooperación necesaria en sus alegatos —cosa que no hicieron—, las penas habrían sido probablemente muy similares a las del caso de la Arandina, señalan fuentes jurídicas.

Los tres magistrados han aceptado casi en su totalidad el relato de las acusaciones y de la propia víctima. Dan por probado que en diciembre de 2017 los tres acusados (Carlos Cuadrado, Lucho, de 24 años; Víctor Rodríguez, Viti, de 22, y Raúl Calvo, de 19) invitaron a la menor al piso que compartían en Aranda de Duero para mantener relaciones sexuales, a sabiendas de su edad. Una vez allí, la víctima se negó y ellos la forzaron. Según la menor, se sometió para evitar "males mayores". El testimonio quedó corroborado tanto por las declaraciones de sus personas más allegadas como por el informe psicológico, de acuerdo con la sentencia.

El tribunal ha apreciado "intimidación ambiental" por el hecho de que los tres acusados actuaran sobre la víctima con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de ellos. El juicio, que tuvo lugar entre el 21 y 28 de noviembre, se celebró a puerta cerrada para garantizar la privacidad de la menor, que testificó en la segunda jornada tras un biombo.

En opinión de Viviana Waisman, presidenta de Women's Link Worldwide, es "muy importante" que los jueces hayan incluido el delito de cooperación necesaria, así como el agravante de la intimidación ambiental. "Estamos viendo muchos casos de agresiones sexuales de dos o más hombres a una mujer. Esto reconoce esa violencia. Este fallo muestra que los jueces y las juezas logran aplicar la ley con perspectiva de género y sin estereotipos sobre el comportamiento de la víctima", señala.

En el mismo sentido se manifiesta Elena Ocejo, presidenta de la asociación Abogadas por la Igualdad: "Por fin una audiencia provincial actúa con perspectiva de género. Vemos que aunque la revisión del Código Penal es necesaria, no lo es tanto si se interpreta la ley adecuadamente. El mensaje que lanza la sentencia es que hay tolerancia cero a este tipo de conductas y que vamos a perseguirlas con todas las herramientas que tenemos".

La sentencia impone también una indemnización a la víctima de 50.000 euros a la que los condenados tendrán que responder de forma conjunta y solidaria. Además, no podrán acercarse a menos de un kilómetro de la menor durante 15 años.

Los tres procesados han sido absueltos del delito de proposición de actividades sexuales. También ha sido absuelto Raúl Calvo del delito de agresión sexual continuada. Era el único de los tres sobre el que pesaba esta acusación, ya que, tras la violación en el salón mantuvo relaciones con la chica en el dormitorio. El tribunal estima que en este caso no existió intimidación y hace referencia al informe psicológico del agresor cuya madurez, recoge, "era similar" a la de la víctima.

Luis Antonio Calvo, abogado de la acusación particular en representación de la asociación Clara Campoamor, se mostraba “muy satisfecho con el fallo”, aunque no está de acuerdo con esta última absolución, ya que "la intimidación no desaparece". “Es una sentencia dura, pero se trataba de delitos muy graves contra una niña de 15 años a la que trataron como si fuera un desecho; hicieron con ella lo que les dio la gana”, explicaba a EL PAÍS tras conocerse la decisión del tribunal.

Las investigaciones del caso se iniciaron a raíz de una llamada de los padres de la menor agredida a la Fundación ANAR, una ONG que atiende a menores y adolescentes en situación de riesgo y desamparo. La joven estaba en tratamiento psicológico, por lo que acudía a Madrid cada semana con sus padres a recibir dicho tratamiento. Fue durante una de estas consultas cuando la joven explicó la agresión. Tras la denuncia, el club de fútbol en el que jugaban los tres chicos les dio de baja de forma inmediata y definitiva. Los acusados fueron enviados a prisión dos días después de su detención y permanecieron allí durante tres meses hasta que fueron puestos en libertad bajo fianza y con cargos, en marzo de 2018.

Los condenados recurrirán

Los tres exjugadores de la Arandina han asegurado tras conocer la sentencia que la recurrirán porque se trata de una "denuncia falsa". A la salida del tribunal, Lucho ha calificado de "vergüenza" el fallo y ha mostrado su perplejidad por que "un sumario con más de 8.000 páginas se haya podido despachar en dos semanas".

El exjugador de la Arandina ha negado los hechos por los que se les considera culpables de agresión sexual y ha insistido en que la presencia de un cuarto jugador del club el día de los hechos en el piso es clave, ya que estuvo presente en todo momento en el salón de la vivienda, salvo cinco minutos que acudió a su habitación.

En este sentido, ha lamentado que el juez haya considerado inválido ese testimonio y ha desvelado que existe un vídeo en que el que se ve a ese cuarto jugador en la vivienda, así como mensajes de texto de la menor en los que asegura que no había sido violada y apostillaba, en relación a ellos tres: "Se van a cagar".






°

No hay comentarios.:

Publicar un comentario