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martes, 10 de julio de 2012

Estrasburgo Condena la Ley Parot

Esta mañana por medio de la cuenta de Facebook de un militante del PNV nos hemos enterado acerca de la sentencia que Estrasburgo a dictado a favor de Inés del Río Prada. El tribunal ha encontrado que el estado español a violado los derechos de la demandante al aplicarle la Ley Parot. Aquí la nota publicada en Univisión:


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó el martes a España por haber aplicado retroactivamente una ley y postergado la liberación de la militante de ETA Inés Del Río Prada, condenada por atentados mortíferos, y pidió su liberación "con la mayor brevedad posible".
El Tribunal, con sede en Estrasburgo, consideró "ilegal" prolongar la detención de Del Río "por la aplicación retroactiva de una modificación" de ley sobre acumulación de penas, por estimar que sólo es admisible cuando el cambio legislativo favorece al acusado.
Inés del Río Prada fue condenada entre 1988 y 2000 a más de 3.000 años de prisión, pero en virtud de una ley sobre la acumulación de penas de 1972 podía permanecer detenida un máximo de 30 años.
Gracias al sistema de reducción de penas, como ella empezó a purgar la suya en febrero de 1989, podía salir en libertad el 2 de julio de 2008. Pero, poco antes de su liberación, la Audiencia Nacional, la más alta instancia judicial española, postergó su liberación invocando una jurisprudencia de 2006.
El TEDH consideró que "los tribunales nacionales no podían aplicar de forma retroactiva y en detrimento de las personas afectadas unos cambios legislativos producidos después de que se cometieran los delitos".
Por ello, afirmó que "España debe garantizar la puesta en libertad de la demandante con la mayor brevedad posible".
Asimismo, decidió que "España debe pagar a la demandante 30.000 euros en concepto de daños no pecuniarios y 1.500 euros en concepto de costas y gastos".


Para que quede claro, la jurisprudencia a la que se refiere la nota es ni más ni menos que la infame Doctrina Parot, misma que hemos denunciado en este blog. Recordemos que en los estados auténticamente democráticos el espíritu que mueve a mantener tras las rejas a una persona es la readaptación y posterior reinclusión a la sociedad. La Ley Parot va en contra de este principio y lo que busca es por un lado birlar la directriz europea que dictamina que no puede existir la cadena perpetua mientras que por otro cumple con el propósito de dar castigos agregados a los militantes de ETA, como en su caso lo son la incomunicación, la tortura, el aislamiento, la prohibición de hablar en euskera durante las visitas, la cancelación de último momento de las visitas y por supuesto, la que castiga a familiares y amigos: la dispersión.

Por cierto, este dictamen es esperanzador pues va a contrapelo de aquel que despojó a Batasuna y otros partidos políticos de sus derechos, va pues, más en sintonía con aquel dado en el caso de Mikel Iribarren.

Ya para terminar, las declaraciones de la caverna franquista no se han hecho esperar, así tenemos perlas como la de Jorge Fernández Díaz diciendo "Inés del Río no va a salir de prisión", con lo cual el ministro borbóbico-franquista que el estado español no está para respetar las instituciones europeas. Y ya sabrán la cantidad de medios de comunicación afines al régimen anunciando que Madrid recurrirá la sentencia.




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