Un blog desde la diáspora y para la diáspora

sábado, 7 de septiembre de 2019

La Redacción del Artículo 730-2-1

El estado francés está obligado a modificar un artículo que daña los derechos de los presos políticos vascos en cárceles galas.

Aquí lo que nos comparte Naiz:


El Consejo Constitucional ha emitido un fallo por el cual exige al Gobierno francés que derogue, antes de julio de 2020, la norma que, de facto, impide a presos que no sean de nacionalidad francesa, y que habiendo sido condenados por delito de «terrorismo», tengan una orden de «alejamiento de territorio» acceder a la libertad condicional. El fallo emitido en el caso de Alaitz Areitio puede cambiar la situación de los presos de Hego Euskal Herria que cumplen condena en cárceles francesas, aunque sus implicaciones van más allá.

Maite Ubiria Beaumont

El Consejo Constitucional francés ha dado la razón a la defensa de la presa vasca Alaitz Areitio, que elevó una queja por la que se denunciaba la vulneración de tres derechos básicos: proporcionalidad, igualdad y derecho a la reinserción.

Ello porque al no tener la nacionalidad francesa y pesar sobre ella una «orden de alejamiento de territorio francés» una vez cumplida condena se le impedía de hecho acceder a la libertad condicional.

El caso se vio en primera instancia y luego en casación, y en ambos casos los magistrados consideraron fundamentada la demanda, que trasladaron al Consejo Constitucional.

El caso se examinó, con el respaldo expreso de la Liga de Derechos Humanos a la causa de la presa vasca, el pasado mes de julio.

Según el fallo emitido hoy, al reformar el procedimiento penal –en el clima securitario que se impuso a partir de los atentados islamistas de 2015-2016– el ejecutivo galo vulneró efectivamente valores básicos de su orden constitucional.

Concretamente el fallo evoca la vulneración al principio de proporcionalidad. La decisión tiene implicaciones para el colectivo de presos vascos que cumplen condena en el Estado francés.

No obstante, dado los plazos que baraja el tribunal, es más difícil que pueda beneficiar a la impulsora de la demanda, Alaitz Areitio, que completará pena a finales del año próximo.

Además de la dimensión interna, el fallo tiene importancia desde una dimensión más global ya que viene a remarcar, en opinión de la abogada Maritxu Paulus-Basurco, que «por ser condenado por terrorismo no debe condenar la pérdida de derechos fundamentales».

Tras la decisión del Constitucional, la actual redacción del artículo 730-2-1 decaerá automáticamente en julio del año próximo, lo que deja al gobierno un plazo para, bien por decreto o reforma de ley, subsanar la discriminación de que han venido siendo objeto, entre otros, los presos de Hego Euskal Herria.






°

No hay comentarios.:

Publicar un comentario