¿Recuerdan aquel infame video en el que Felipe Borbón justificaba la violenta represión del pueblo catalán por atreverse a acudir a las urnas en un ejercicio democrático sin precedentes en el estado español?
Pues bien, aquello no fue más que el preámbulo de la estrategia de lawfare a la que el españolismo recurriría para maniatar al pueblo catalán, privándolo de sus derechos civiles y políticos.
Pues bien, una vez más, Madrid ha quedado exhibida por una instancia internacional en lo que respecta a su manejo de la "crisis catalana".
Lean esto que nos informa Naiz:
ONU: Madrid «violó los derechos políticos» de líderes independentistas catalanes
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dado la razón a los líderes independentistas catalanes que denunciaron la suspensión de sus funciones por parte del Estado español antes incluso de que fueran condenados judicialmente. Se reconoce la «violación de derechos políticos».El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado este miércoles que el Estado español «violó los derechos políticos de exmiembros del Gobierno y el Parlamento de Cataluña» al suspender de sus funciones públicas a encausados en el «procés» antes de que fueran condenados en 2019, tras el referéndum del que se van a cumplir ahora cinco años.
El fallo da la razón a una denuncia presentada en 2018 por el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull, quienes alegaron que la suspensión de sus funciones previa a la existencia de una condena violaba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El comité subraya que los denunciantes fueron suspendidos tras ser acusados del delito de rebelión (que exige un alzamiento violento) pese a que habían instado a la ciudadanía a mantenerse estrictamente pacífica y a que finalmente fueron condenados en 2019 por sedición, que no implica el uso de violencia.
Anteriormente (2019) este Comité de Derechos Humanos de la ONU ya dio la razón a los líderes catalanes considerando su estancia en prisión «arbitraria» e instando a liberarlos «inmediatamente».
«Con mayor rigor»
La suspensión de los cuatro denunciantes se había decidido en julio de 2018 con arreglo a la Ley de Enjuiciamento Criminal, que permite la suspensión de funcionarios públicos sólo cuando se les acusa de rebelión, no de sedición.
«Las salvaguardias contra las restricciones de los derechos políticos deben aplicarse con mayor rigor si estas restricciones se producen previamente, y no posteriormente, a una condena por un delito», comentó al presentarse el dictamen uno de los 18 miembros del comité de Naciones Unidas, la francesa Hélène Trigoudja.
La integrante del comité que preside la griega Photini Pazartzis agregó que «la decisión de suspender a oficiales electos debe basarse en leyes claras y previsibles que establezcan motivos razonables y objetivos para la restricción de los derechos políticos, y debe aplicarse sobre la base de un análisis individualizado».
Los dictámenes del comité, un mecanismo que se define como «cuasi-judicial», deben ser tenidos en cuenta por los firmantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entre ellos el Estado español), a cuyo artículo 25 se han acogido los denunciantes.
«El comité no es un tribunal pero lleva a cabo funciones jurídicas, emitiendo decisiones y recomendaciones a los Estados parte que se espera sean puestas en práctica», aclara este órgano.
En principio, la decisión tomada hoy concierne únicamente a los cuatro denunciantes, representados por el abogado Nico Krisch, y no al resto de los encausados por el «procés».
La denuncia fue presentada el 18 de diciembre de 2018, coincidiendo con una visita a Ginebra del president en el exilio Carles Puigdemont.
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