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viernes, 11 de octubre de 2019

¿Detendrán al Prior?

Pero bueno, en esa comedia de enredo titulada 'La Exhumación del Genocida' se escribe un nuevo capítulo protagonizado una vez más por Santiago Cantera, el prior del adefesio arquitectónico con el que Francisco Franco inmortalizara su triunfo sobre la España Roja.

Aquí lo que nos informa el portal Spanish Revolution:


A pesar del visto bueno del Tribunal Supremo, el prior de la Abadía del Valle de los Caídos, Santiago Cantera, advierte al Gobierno en una misiva que no permitirá que se produzca la exhumación del dictador Francisco Franco. La carta, dirigida a la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, asegura que su «Abadía no autoriza el acceso a la Basílica (lugar de culto) con la finalidad de acceder a una ‘res sacra’ (sepultura)». 

Xan Pereira Castro

Cantera, que es famoso por su militancia en la extrema derecha y fue candidato del partido ultraderechista Falange en la década de los 90, insiste en que lamenta «la virulencia con la que se ha planteado un problema que podía (y puede) resolverse con diálogo, comprensión y prudencia por parte de todos los afectados».

En su argumentación, el prior insiste en la configuración de este espacio como «lugar de culto» y destaca que «el carácter de ‘res sacra’ de las sepulturas que se encuentran en su interior es indiscutible'». «Como usted bien sabe, los bienes inmuebles del Valle de los Caídos pertenecen a la Fundación de la Santa Cruz y parte de ellos (entre los que se encuentra la Basílica) fueron cedidos en administración a esta Abadía», explica a Calvo.

El prior incide en que en su demanda alegaban «vulneraciones de derechos fundamentales» cuya última palabra «no le corresponde al Tribunal Supremo sino al Tribunal Constitucional» o al «Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo». «El sometimiento a lo que los tribunales decidan no significa, en modo alguno, renuncia a los recursos que el Ordenamiento nos ofrece ante una violación de derechos fundamentales», indica en su carta.

«Si autorizáramos, ahora, la exhumación, no solo dejaríamos sin finalidad legítima los recursos de amparo que, sin duda, se producirán, sino que careceríamos de justificación para oponernos – como nos opondremos a la exhumación – anunciada en los escritos del Estado – de los 20 monjes benedictinos que yacen en el cementerio de la Abadía», insiste en su escrito.
El delito de desobedencia

El delito de desobediencia grave a la autoridad o a sus agentes está castigado con pena de prisión de seis meses a un año o pago de multa. El delito de desobediencia grave a la autoridad está contemplado en el Código Penal dentro de los delitos contra el orden público, al igual que el de resistencia y el de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos. La desobediencia exige que previamente exista una orden directa y terminante de la autoridad o sus agentes, dictada con las formalidades legales y por la que se imponga al particular una conducta activa o pasiva. No hace falta que al dictar la orden se le advierta al sujeto que de no cumplirla podrá incurrir en un delito de desobediencia.

De esta forma, lo normal sería que se detuviese al prior por este tipo de delito, lo contrario, sería darle un trato de favor por ser un miembro destacado de la Iglesia.







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